Informe de Cumplimiento Tributario (ICT)
El in forme de cumplimiento tributario (ICT) , debe ser elaborado por auditores externos sobre la base de los anexos preparados por el sujeto pasivo.
Plazo y lugar de presentación. - El ICT y sus anexos se presentan en el mes de julio del siguiente ejercicio fiscal al que corresponde la información, conforme al noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) del sujeto pasivo auditado.
NOVENO DIGITO RUC | FECHA MAXIMA DE PRESENTACION |
1 | 10 de julio |
2 | 12 de julio |
3 | 14 de julio |
4 | 16 de julio |
5 | 18 de julio |
6 | 20 de julio |
7 | 22 de julio |
8 | 24 de julio |
9 | 26 de julio |
0 | 28 de julio |
Cuando una fecha de vencimiento coincide con días de descanso obligatorio o feriados nacionales o locales, aquélla se trasladará al siguiente día hábil, a menos que por efectos del caso traslado, la fecha de vencimiento corresponda al siguiente mes, en cuya regla no se aplicará esta regla, y la fecha de vencimiento deberá adelantarse al último día hábil del mes de vencimiento. "
La falta de presentación de la información mencionada, será sancionada con la clausura de los establecimientos del contribuyente infractor, por un lapso mínimo de siete días.
La presentación tardía o incompleta, constituye falta reglamentaria y es sancionada con multa conforme el instructivo para la aplicación de sanciones pecuniarias.
La suscripción de contratos de auditoría externa en forma extemporánea, la falta de contratación o alguna otra circunstancia relacionada con la entrega de la información, No justifique el incumplimiento de presentación.
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