Tributario

Vencimiento Impuesto a la Renta y Super Cias 2022

Vencimiento Impuesto a la Renta y Superintendencia de compañías.

Vencimientos impuesto a la renta personas naturales:

Noveno dígito del RUC  Vencimiento  Vence hasta
110 de marzo 
212 de marzo13 de marzo *
314 de marzo 
416 de marzo 
518 de marzo20 de marzo *
620 de marzo 
722 de marzo 
824 de marzo 
926 de marzo27 de marzo *
028 de marzo 

* = vencimiento en día no laborable

Vencimientos impuesto a la renta todos los contribuyentes RIMPE:

Noveno dígito del RUCInicial  Nuevo Plazo
1 *11 de marzo30 de marzo
2 *13 de marzo31 de marzo 
315 de marzo 
417 de marzo 
5 *19 de marzo03 de abril
621 de marzo 
723 de marzo 
8 *25 de marzo04 de abril
9 *27 de marzo05 de abril 
029 de marzo 

* nuevos vencimientos resolución NAC-DGERCGC23-00000008

Vencimientos impuesto a la renta empresas régimen general:

Noveno dígito del RUC Vencimiento  Vence hasta
110 de abril 
212 de abril 
314 de abril 
416 de abril17 de abril *
518 de abril 
620 de abril 
722 de abril24 de abril *
824 de abril 
926 de abril 
028 de abril 

* = vencimiento en día no laborable

Cuando una fecha de vencimiento coincida con días de descanso obligatorio o feriados nacionales o locales, aquella se trasladará al siguiente día hábil, a menos que por efectos del traslado, la fecha de vencimiento corresponda al siguiente mes, en cuyo caso no aplicará esta regla, y la fecha de vencimiento deberá adelantarse al último día hábil del mes de vencimiento.

SUPERINTENDENCIA DE COMPAÑÍAS - ECUADOR

El proceso de entrega de estados financieros a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS) , se realiza en el formato TXT requerido ver formato aquí. 

Las empresas que están sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, deben presentar los estados financieros del del año anterior, través del portal web (www.supercias.gob.ec) hasta el 30 de abril, como plazo máximo, sin embargo el proceso debe ser realizado lo antes posible para evitar los problemas que puede causar una congestión de la página. La superintendencia ha informado que en el año 2023 no habrá prórrogas.

El responsable del proceso es el representante legal, bajo su  responsabilidad, se deben ingresar los valores contenidos en los estados financieros, el sistema no permite el envío de estados financieros que se presenten en cero o que no estén cuadrados.

Una vez cumplido este proceso, se debe remitir la siguiente documentación:

  • Formulario 101 del Servicio de Rentas Internas (SRI), correspondiente al ejercicio económico reportado.
  • Estados financieros.
  • Informe presentado por el representante legal a la junta general de socios o accionistas que conoció y adoptó resoluciones sobre los estados financieros.
  • Informe de los comisarios, del consejo de vigilancia u otro órgano de fiscalización interna, presentados a la junta general de socios o accionistas que conoció y adoptó la resolución sobre los estados financieros. Solo se presenta en los casos en que el estatuto de la compañía estableciere la presentación del informe del comisario, del consejo de vigilancia u otro órgano de fiscalización interna.
  • Informe de auditoría externa, en el caso de estar obligada.
  • Nómina de administradores o representantes legales.
  • Nómina de socios o accionistas inscritos en el libro de participaciones y socios o de acciones y accionistas, a la fecha del cierre del estado financiero.
  • Copia legible del Registro Único de Contribuyentes (RUC) vigente.
  • Copia certificada del acta de la junta que aprobó el juego completo de los estados financieros.

Las sucursales u otras empresas extrajeras que tengan calidad de personas jurídicas y las asociaciones y consorcios, que formen empresas extrajeras debidamente autorizadas en el Ecuador para operar, pero que se encuentra bajo control y vigilancia por la  Superintendencia deberán remitir la siguiente documentación:  

  • Estados Financieros.
  • Informe de auditoría externa, en el caso de estar obligada a contratarla, o acorde a las resoluciones emitidas por esta Superintendencia.
  • Nómina de apoderados o representantes legales.
  • Copia legible del RUC vigente.

Además debe completarse la información detallada sobre el número de personal ocupado, clasificándolo como:

  • Directivo: gerentes generales, gerentes de área, directores, subgerentes generales, subgerentes de área, subdirectores, jefes de área, coordinadores y similares.
  • Administrativo: secretarias, cajeros, recepcionistas, auxiliares administrativos, auxiliares de archivo, auxiliares contables, chef o cocineros principales, técnicos de laboratorio e investigación, apoyo tecnológico, y similares.
  • Producción: trabajadores que efectúan labor de transformación de materia prima, choferes, personal de limpieza, empacadores, conserjes, vigilantes, jardineros, operarios, jornaleros, aprendices, ayudantes de cocina, posilleros, meseros, bodegueros, personal a destajo, botones, porteros, 
  • Otros. Todos los que no se encuadren en las áreas descritas anteriormente.

Se considerará que una compañía ha cumplido con su obligación cuando haya presentado toda la información antes descrita al SRI y a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros. La fecha límite de entrega al SRI está determinada en base al noveno digito del RUC, en tanto la fecha máxima de envío de la información financiera a la SCVS es el 30 de abril, según lo establece la Ley de Compañías y Reglamento, por el retraso se impondrá multa de hasta 12 salarios básicos.

Fuente: https://www.facebook.com/SuperciasEC 


Las claves para dominar las NIIF

Hay que destacar que este es un resumen libre y no constituye asesoramiento, para una interpretación o aplicación de la LEY es necesario remitirse a su texto original. 

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